
En la normativa publicada por el ayuntamiento, el punto 9.1 puntualiza que: «Las carrozas que obstruyan o paralicen el recorrido una distancia entre carrozas que la organización estime inoportuna quedarán expulsadas de la cabalgata y saldrán de la misma en la primera salida que la Policía Local les ordene».
Por si no quedara claro que los requisitos para el evento serán supervisados hasta el más mínimo detalles, en el punto 9.2 se detalla que «quedan terminantemente prohibidas las siguientes acciones en las carrozas. Punto 9.2 a) Poner sonido que vaya dirigido al frontal de la carroza. Solo estará permitido la emisión de sonido hacia la parte trasera de aquella».
Y sin duda, el más polémico de todos, el 9.2 b) «Música estilo electrónica, house, tecno y/o bacalao».
Denuncia por «vulneración de derechos fundamentales»
El espacio socio cultural Zona 13, de Agüimes, ha lanzado un comunicado criticando la normativa existentes, y anunciando una denuncia en los juzgados: «Tras la publicación por el ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana de las condiciones para participar en las cabalgatas del carnaval 2018 y la prohibición expresada por el ayuntamiento en contra de carrozas con música electrónica o derivados.
Nos vemos en la obligación de solicitar amparo judicial por vulneración de derechos fundamentales ante los juzgados administrativos de las Palmas de Gran Canaria. ¡Comparte y denuncia junto a nosotros!»
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