Para ello apelan a la proyección social e "internacional" de estos festejos, considerados Fiesta de Interés Turístico de Canarias por la "gran" respuesta de participación ciudadana, así como a la existencia de un "riguroso plan de seguridad y sonido" para "minimizar" las molestias a los residentes. El Ayuntamiento, según explica en un comunicado, informará de ese plan a la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC en el recurso de apelación que tiene previsto interponer la próxima semana, aunque ha avanzado que se centra en la regulación del tráfico, un dispositivo especial de limpieza, otro de seguridad, y un estudio sobre la incidencia de la contaminación lumínica y los ruidos en el parque de Santa Catalina, su entorno y Vegueta, al objeto de cumplir los límites fijados en la ordenanza local.
El Ayuntamiento "espera", como "miles" de personas, que la Sala de lo Contencioso Administrativo acepte su recurso para que el Carnaval de 2015 se celebre "con total normalidad". De hecho, durante el día de ayer no se dio ninguna orden para paralizar la actividad o alterar la planificación inicial, pues los operarios municipales continuaron con el montaje de los chiringuitos en la Plaza de Las Islas Canarias, entre la marquesina y el intercambiador de guaguas, que es una de las zonas afectadas junto al Parque Santa Catalina, la Rambla Juan Rodríguez Doreste y la Plaza Comandante Ramón Franco.
La magistrada Mercedes Martín, al estimar la medida cautelar solicitada por la comunidad de propietarios del edificio Simón Bolívar número 5, prohibe la celebración de actos lúdico-nocturnos en esos lugares públicos, tanto si se denominan "mogollones", conciertos, noches del Carnaval o de "cualquier" otra forma, matiza la responsable del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.
Y es que el Ayuntamiento, para acatar la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que el 13 de abril de 2005 dio la razón a los vecinos, la cual vino a ratificar otra dictada por el TSJC el 22 de julio de 2002, se comprometió a "regular las zonas en las que ubicar los distintos actos del Carnaval". Ese compromiso quedó plasmado en la resolución 1829/2012, adoptada el 1 de febrero de ese año, e implica la realización de las galas y los concursos en el Parque Santa Catalina, al tiempo que el resto de actos nocturnos se harán fuera de ese recinto, de la Rambla Juan Rodríguez Doreste, de la plaza Comandante Ramón Franco y de la plaza de Las Islas Canarias. Pero dos años después, el 11 de febrero de 2014, la Concejalía de Educación, Cultura y Deportes revoca esa resolución y las celebraciones nocturnas vuelven a los aledaños del parque. De ahí este nuevo recurso contencioso administrativo presentado por los vecinos, que acusan al Consistorio de incumplir el acuerdo alcanzado en febrero de 2002 para pacificar la organización de las fiestas más importantes de Las Palmas de Gran Canaria.
Los vecinos, según su recurso, no cuestionan la celebración de las galas y los concursos en el Parque Santa Catalina, sino la vuelta del resto de festejos nocturnos, tal y como ocurrió el año pasado tras la anulación del acuerdo por parte del Ayuntamiento. Por eso, para prevenir "unos daños de difícil o imposible reparación", reclamaron la medida cautelar, que ha sido aceptada por la magistrada en tanto resuelve el fondo del pleito. Esos daños no son otros que la contaminación acústica, los ruidos y las molestias que los conciertos y actos nocturnos del Carnaval causan en una zona "saturada" por la contaminación acústica.
La calle Simón Bolívar está situada a escasos metros del Parque de Santa Catalina y de la Plaza del Intercambiador, que es donde el Ayuntamiento ha empezado a colocar los chiringuitos. Los propietarios del edificio afectado no quieren padecer las mismas molestias que el año pasado. Por ello piden la anulación de la resolución de 2014, es decir, la que deja sin efecto el acuerdo para buscar nuevos emplazamientos a los festejos.
Ese pacto se cumplió en febrero 2013, año en que el gobierno local de Juan José Cardona trasladó la celebración a la Plaza de la Música, en el barrio de Guanarteme. La experiencia no fue satisfactoria, con críticas desde diferentes sectores sociales por la mala organización, y el alcalde aprovechó una nueva sentencia del Tribunal Supremo (TS) para llevar el núcleo de las fiestas a los alrededores del Santa Catalina. Esa resolución judicial llegó el 27 de marzo de 2013, pues el Ayuntamiento había pedido una aclaración al Alto Tribunal para salvar las galas y delimitar el alcance de la prohibición al resto de eventos, entre otros motivos porque consideraba excesivo el auto de ejecución de la sentencia dictado por el TSJC a instancias de los vecinos.
Cardona y su equipo entendieron que el nuevo fallo dada cobertura para volver al Santa Catalina, principalmente porque la prohibición se ajustaba a los clásicos mogollones de la Rambla Juan Rodríguez Doreste, conocida popularmente como parque blanco, y no a cualquier otro acto organizado en el parque y sus aledaños, entre ellos las galas y los concursos, que quedaban salvadas.
Sin embargo, el 11 de febrero de 2014, es decir, antes de devolver en marzo de ese año los Carnavales al San Catalina, el Ayuntamiento decide anular su resolución de 2012 sobre los espacios en los que se podían celebrar las fiestas. ¿Por qué? Las restricciones acordadas, al incluir las plazas Islas Canarias y Comandante Ramón Franco, iban más allá de la sentencia del TSJC, que no aludía a esas dos aéreas. Tampoco lo hace el último fallo del Tribunal Supremo, y ese es el resquicio legal al que se agarran los vecinos para volver a tumbar los planes municipales.
La juez entiende que en febrero de 2012 se introdujeron nuevas zonas que nunca fueron objeto del procedimiento judicial. Por tanto, la última sentencia del TS "en nada afecta" a esa regulación local. El Consistorio, en la oposición al recurso, replicó que de la resolución anulada "no se desprendían obligaciones y prohibiciones" para el municipio. Tampoco derechos subjetivos para los propietarios del edificio afectado, ya que su parte dispositiva sólo es una "declaración de intenciones, sin que ello constituya o declare o modifique situación jurídica alguna", explica el Ayuntamiento.
Es más. Los servicios jurídicos municipales niegan que la resolución anulada sea un acuerdo con los afectados e implique la obligación de favorecerles con una prestación concreta. "La resolución no prohíbe la ubicación de conciertos, noches de Carnaval, mogollones y chiringuitos en las zonas referidas. Establece una declaración de intenciones", sostiene el Consistorio, y añade que el año pasado se celebraron los mismo actos programados para esta edición "sin que conste ningún perjuicio de imposible o difícil reparación".
El auto judicial desestima esos argumentos y da la razón, de forma provisional, a la comunidad de propietarios de la calle Simón Bolívar, que se personó en el pleito en el año 2011, cogiendo el relevo de un procedimiento judicial iniciado en 1996 por otra comunidad de propietarios. Desde el 2005 batallan para que se ejecute la sentencia del Tribunal Supremo y su descanso no se vea perturbado por la celebración del Carnaval.
Ahora no sólo esgrimen el fallo del Alto Tribunal, sino el compromiso de la Corporación para sacar los actos nocturnos del Santa Catalina. "No hay duda de que el Ayuntamiento sí asume esa obligación por iniciativa propia, y al afectar a los intereses de los vecinos que eran parte en el procedimiento judicial de ejecución de sentencias, no puede, sin más y sin seguir ningún trámite, dejar sin efecto una resolución que afecta a intereses de terceros", concluye la titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 5.
La Corporación tiene ahora 15 días para presentar el recurso de apelación ante el TSJC, con la finalidad de revocar la medida cautelar adoptada por la juez de instancia. Luego el pleito volverá al juzgado hasta que una sentencia se pronuncie sobre el fondo del asunto.
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