
En la resolución judicial, el magistrado dice que “es evidente que no existe contrato administrativo que vincule al recurrente con el Ayuntamiento. La parte actora en su escrito de demanda omite cualquier referencia a quienes fueron las concretas personas con responsabilidades municipales que efectuaron el supuesto encargo de los trabajo y cómo se fijó supuestamente el precio de los mismos con el Ayuntamiento”.
También desestima el dossier de prensa que aportó Ángel Ramos por-que el juez no entiende que exista el encargo ni la obligación de pago.
El exasesor manifestó que su equipo jurídico trabaja ya en la presentación de una querella por la vía penal contra la concejala por perjurio, porque “Gladis de León negó ante el juez en varias oportunidades conocerlo, cuando trabajaron un año y medio juntos”.
Humberto Gonar
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