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lunes, 18 de febrero de 2019

6.000 euros de multa por no dejar orinar en los baños

Los responsables de las cafeterías, bares y restaurantes de Santa Cruz se enfrentarán a multas de "hasta 6.000 euros" si no permiten a los carnavaleros acceder a sus baños durante la fiesta chicharrera. Así lo ha anunciado a la opinión de tenerife el concejal responsable de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Carlos Tarife, del PP.

En el pleno del Ayuntamiento de la capital celebrado el pasado 25 de enero, el concejal de Servicios Públicos, el nacionalista Dámaso Arteaga, advirtió de que este año se intensificarán las inspecciones en los citados establecimientos en los Carnavales, fundamentalmente durante los bailes, con el fin de evitar que estos cierren sus baños. Lo que entonces se desconocía era el importe de las sanciones a los que estos podrían enfrentarse.

Finalmente, desde la Gerencia Municipal de Urbanismo se ha establecido que las multas podrán llegar hasta los 6.000 euros para aquellos bares, cafeterías y restaurantes que prohíban el acceso a sus aseos. Eso sí, Carlos Tarife aclara que "no se trata de que estos establecimientos tengan que permitir el uso de sus baños a todo el mundo, pero sí a sus clientes". "Aquellas personas que consuman en el local, sea lo que sea, podrán utilizar el aseo", añade el concejal de Urbanismo.

El edil también matiza que todos los bares, cafeterías y restaurantes situados en el centro de la ciudad deberán tener sus baños abiertos, "independientemente de que tengan barras en el exterior". "No servirá de excusa que se haya colocado una barra en la calle", dice, aunque esta dificulte el acceso a los baños de los clientes.

jueves, 16 de marzo de 2017

Un año y 3 meses de cárcel por usar el cartel del Carnaval de Arrecife en un folleto sin permiso

El Juzgado de lo Penal número 1 de Arrecife ha condenado a Ángel Domingo Bermúdez  de León a una pena de un año y tres meses de prisión y al pago de una multa de 3.240 euros y de una indemnización de 7.400 euros por un delito contra la propiedad intelectual. Según la sentencia, el acusado ejercía las funciones de director comercial de Cash and Carry Lanzarote e incluyó en un folleto publicitario del establecimiento la imagen del cartel de Carnaval de Arrecife de 2013, modificándolo y sin contar con “autorización para su reproducción y modificación”. Tanto el Ayuntamiento de Arrecife como la autora del cartel, Nuria Meseguer, que es quien recibirá la indemnización, estaban personados como acusación particular en el procedimiento.

En la sentencia se explica que el Consistorio encargó el cartel anunciador de las fiestas a la artista y le pagó por ello 1.400 euros. Se considera probado que el 3 de marzo de 2013, el periódico Canarias 7 incluyó como separata de su publicación un folleto del supermercado Cash and Carry Lanzarote, en cuya portada aparecía el dibujo artístico elaborado por la artista paras fiestas de Carnaval. “La obra de Meseguer se encontraba modificada, al haberse superpuesto sobre la imagen de su hija, la de la tarjeta de fidelización de puntos del supermercado y la expresión Consíguela”, se indica en la sentencia.

En la misma se señala que la elección del dibujo y del diseño que se incluyó en el folleto publicitario se llevó a cabo siguiendo las órdenes de Ángel Domingo Bermúdez de León, que ostentaba las funciones de director comercial del establecimiento. Se considera probado que “actuó conociendo que la obra artística había sido utilizada en el cartel anunciador del Carnaval de Arrecife y careciendo de autorización para su reproducción y modificación”.