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sábado, 29 de junio de 2019

La Audiencia absuelve al directivo que fue condenado por plagiar un cartel del Carnaval de Arrecife para un folleto publicitario

Imagen del folleto en el que se utilizó el cartel del CarnavalLa Sección Sexta de la Audiencia Provincial ha revocado la condena al directivo de una empresa que fue juzgado por un delito contra la propiedad industrial, por utilizar sin autorización el cartel del Carnaval de Arrecife del año 2013 para un folleto publicitario. La sentencia de primera instancia, dictada en marzo de 2017 por el Juzgado de lo Penal Número 1 de Arrecife, dio la razón al Ayuntamiento y a la autora del cartel y condenó  a Ángel Domingo Bermúdez  de León a una pena de un año y tres meses de prisión y al pago de una multa de 3.240 euros y de una indemnización de 7.400 euros, pero la Audiencia ha estimado el recurso que presentó contra ese fallo y le ha absuelto del delito.

Esta segunda sentencia -que se dictó unos meses después del primer fallo, pero a la que La Voz ha tenido acceso ahora a través del afectado-, da por buenos los hechos  que consideró probados el Juzgado en primera instancia, pero discrepa en la calificación jurídica. Así, concluye que “por más que se considere probado” que Ángel Domingo Bermúdez, como director comercial de Cash and Carry Lanzarote,  “fue quien acordó realizar la publicidad haciendo uso de una obra protegida, el ánimo o la voluntad que guiaba su actuación no era la de beneficiarse personalmente sino la de beneficiar a la entidad que se publicitaba”.

Esto, según recoge la sentencia, implica que no se cumple uno de los requisitos de este tipo penal, que implica que tiene que haber un “ánimo de lucro” por parte de quien comete el delito contra la propiedad industrial. Y en este caso, señala que en todo caso el beneficio habría sido para la empresa, contra quien no se dirigieron las acusaciones.

jueves, 15 de febrero de 2018

Carros de supermercado con música, el "principal problema de ruido en la calle" durante el Carnaval de Santa Cruz

Los carros de supermercado con música se han convertido en el principal problema de ruido" en el Carnaval de Santa Cruz de Tenerife. Así lo admite el concejal de Medio Ambiente y Sanidad, Carlos Correa, del PP, quien apunta que el Ayuntamiento ha recibido numerosas quejas vecinales con respecto a "este particular botellón ambulante", el cual se ha convertido en una práctica habitual en la fiesta chicharrera.

"La gente utiliza estos carritos de supermercado para llevar bebidas y para colocar en su interior torres de música con altavoces, que no cuentan con limitadores de sonido alguno. Los carnavaleros se mueven con estos carros por cualquier calle, incluso por las que no se encuentran dentro del cuadrilátero del Carnaval, ocasionando numerosas molestias en cuanto a ruidos", explica el edil.

Carlos Correa comenta que durante el primer fin de semana de la fiesta la Policía Local ha realizado una labor disuasoria contra este "botellón ambulante", con el fin de que, al menos, "quitasen la música", pero el concejal advierte que para el último fin de semana del Carnaval se intensificará la vigilancia contra estos carros de supermercado, sancionado a aquellos que los utilicen como discotecas. El concejal señala que los ruidos que ocasionan estos carros son similares a los de un "coche parado cuando se hace botellón", por que las multas ascienden a 90 euros.

jueves, 16 de marzo de 2017

Un año y 3 meses de cárcel por usar el cartel del Carnaval de Arrecife en un folleto sin permiso

El Juzgado de lo Penal número 1 de Arrecife ha condenado a Ángel Domingo Bermúdez  de León a una pena de un año y tres meses de prisión y al pago de una multa de 3.240 euros y de una indemnización de 7.400 euros por un delito contra la propiedad intelectual. Según la sentencia, el acusado ejercía las funciones de director comercial de Cash and Carry Lanzarote e incluyó en un folleto publicitario del establecimiento la imagen del cartel de Carnaval de Arrecife de 2013, modificándolo y sin contar con “autorización para su reproducción y modificación”. Tanto el Ayuntamiento de Arrecife como la autora del cartel, Nuria Meseguer, que es quien recibirá la indemnización, estaban personados como acusación particular en el procedimiento.

En la sentencia se explica que el Consistorio encargó el cartel anunciador de las fiestas a la artista y le pagó por ello 1.400 euros. Se considera probado que el 3 de marzo de 2013, el periódico Canarias 7 incluyó como separata de su publicación un folleto del supermercado Cash and Carry Lanzarote, en cuya portada aparecía el dibujo artístico elaborado por la artista paras fiestas de Carnaval. “La obra de Meseguer se encontraba modificada, al haberse superpuesto sobre la imagen de su hija, la de la tarjeta de fidelización de puntos del supermercado y la expresión Consíguela”, se indica en la sentencia.

En la misma se señala que la elección del dibujo y del diseño que se incluyó en el folleto publicitario se llevó a cabo siguiendo las órdenes de Ángel Domingo Bermúdez de León, que ostentaba las funciones de director comercial del establecimiento. Se considera probado que “actuó conociendo que la obra artística había sido utilizada en el cartel anunciador del Carnaval de Arrecife y careciendo de autorización para su reproducción y modificación”.